Solicitud cambio de bases de cotización para trabajadores autónomos
Mediante la presente les informamos de los cambios en las bases de cotización con motivo de la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado para el 2017 y además, recordarles que si están interesados en realizar un cambio en la base de cotización, pueden comunicarlo a este despacho con antelación suficiente al día 1 DE NOVIEMBRE para realizar los trámites oportunos.
Los trabajadores autónomos menores de 47 años a fecha 01-07-2017, podrán elegir cualquier base entre la mínima y la máxima.
Los autónomos con 47 años de edad a fecha 01-07-2017 cuya base de cotización en diciembre de 2016 haya sido superior a 1964’70 euros, podrán elegir cualquier base entre la mínima y la máxima sin embargo, aquellos cuya base haya sido superior a la indicada, no podrán elegir una base superior a 2.023’50 euros mensuales.
Aquellos autónomos con 48 años o más al 01-07-2017, podrán elegir una base de cotización entre una mínima de 992’10 euros y una máxima de 2.023’50 euros.
Los trabajadores autónomos que en algún momento del año 2016 y de manera simultánea, hayan tenido contratado a su servicio un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a diez, la base mínima de cotización será 1.152,90 euros/mes (grupo de cotización 1 del Régimen General)
Por último señalar que los tipos de cotización son por contingencias comunes el 29,80% más una cotización adicional de 0,10% cuando no se cotiza por AT y EP, y en el caso de querer incluir el cese de actividad se incrementa un 2,20% debiendo comunicarse antes del 01-10-2017.