Encuadramiento Personal Administrativo
Distinguidos clientes:
En relación con las últimas actuaciones de la Inspección de Trabajo y en base a sentencias dictadas recientemente en el orden social relacionadas con las tarifas de cotización por accidentes de trabajo, mediante la presente circular ponemos en su conocimiento las novedades legislativas al respecto.
En concreto, las actuaciones mencionadas están relacionadas con aquellos trabajadores que realicen funciones de oficina, de entre los cuales tendremos que diferenciar a aquellos que realizan el 100% de la jornada en el centro de trabajo y aquellos que realizan parte de su jornada desplazándose fuera de las instalaciones de la misma (bancos, correos, asesores, etc.).
Por consiguiente, a aquellos trabajadores de oficina que realicen el 100% de la jornada en la empresa se les aplicará un porcentaje de accidentes de trabajo del 1% (trabajos exclusivos de oficina) y a aquellos trabajadores que se desplacen fuera de las instalaciones de la misma, se les aplicará el porcentaje que por accidentes de trabajo corresponda a la actividad principal de la empresa.
Para lograr un correcto encuadramiento del personal en su empresa y evitar con ello posibles sanciones que pudiesen derivarse por este concepto, rogamos comuniquen a este despacho lo antes posible si existe en su empresa personal administrativo que realice también trabajos fuera de la oficina.
En caso de precisar cualquier aclaración, no duden ponerse en contacto con este despacho.